Profundidad permitida con OW

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mercuxio
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Profundidad permitida con OW

#1 Mensaje por mercuxio »

tengo un poco de lio con esto por que segun padi solo puedo bajar hasta 18 metros. Pero otros instructores me dicen que puedo bajar hasta 25 m. Alguien tiene la certeza de a que profundidad puedo bajar?

sabriseis
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Re: Profundidad permitida con OW

#2 Mensaje por sabriseis »

Pues a la que te dijo tu instructor cuando hicistes el curso. :div:
:burb:

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Ramon Roqueta
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Re: Profundidad permitida con OW

#3 Mensaje por Ramon Roqueta »


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PEP FILLAT
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Re: Profundidad permitida con OW

#4 Mensaje por PEP FILLAT »

No te lies

Si eres Owd de padi a 18 si eres 1 estrella a 20, pero como le digo a mis alumnos aunque puedas bajar a 20 en la "Tabla sale 21 " por lo qual .. tu profundidad de referencia son 18m.
Quedate aqui.. si quieres bajar mas y no tener que hacerte estas preguntas si puedo no puedo..etc..
Haz el avanzado o el 2 Estrellas.
Si no... a 18m de sobras..!! Total estoy seguro que mas de una vez la rebasarás.
Última edición por PEP FILLAT el 26/Oct/2011, 11:05, editado 1 vez en total.

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mackoi
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Re: Profundidad permitida con OW

#5 Mensaje por mackoi »

En ACUC con el OWD se puede hasta 25m ya que se incluye formación de paradas deco.

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mercuxio
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Re: Profundidad permitida con OW

#6 Mensaje por mercuxio »

gracias Ramon Roqueta por el enlace. Supongo que antes de poner el post tenia que haber buscado un poco. :toma: culpa mia.

Por otro lado, no es que yo tenga ningun interes en bajar mas, pero si voy a un centro puedo acceder a mas inmersiones que si voy a otro, por que uno me limita a 18 y el otro a 25. Si me puedo sumergir os aseguro que me da igual la profundidad, por que ahora mismo lo que me interesa es solo bucear, aunque sea a 5 m. Me diverti mucho en mi primera inmersion y fue a esa profundidad.

En el enlace que me ha dejado el Sr. Ramon al final lo único que me queda claro es que cada uno aplica una ley u otra y que va a depender mas que de mi titulacion y mis posibilidades, del centro al que vaya. Y aqui por contrastar me surge una pregunta: Ramon Roqueta, me ha parecido entender que perteneces a un centro de buceo, ¿a que profundidad podria bajar en el?

Y Pep, por lo que dices en el tuyo seria como maximo 18 metros.

Gracias a todos por los comentarios, si os soy sincero me quedo igual. Veo que dependera del centro de buceo.

PD: Pep, todavia no he podido bucear, si Dios quiere y el tiempo lo permite, este sabado lo intentare de nuevo. (Lo digo por lo de probar el traje) Gracias por la paciencia.

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PEP FILLAT
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Re: Profundidad permitida con OW

#7 Mensaje por PEP FILLAT »

Mercuxio en mi centro no solo se bucea a 18m :lol: :lol:

Es el ejemplo que pongo a todos aquellos que comienzan o que son Open's o 1 Estrella, representa que en un curso u otro vas de 18 a 20m como limite de profundidad, ya ves una " tonteria ".

Pero si tu coges las tablas, veras que los rangos de profundidad van en padi de 10 a 18 y las de la Fedas de 10 a 21, en el caso de padi.. se planta a 18 y en el caso de fedas tambien a 18 ya que el valor que hay entre los 18 al siguiente rango es el de 21, por lo qual excedemos la profundidad maxima permitida en el curso, teniendo que calcular una immersion a 21 metros por lo que no se puede.

Es una manera rapida y xunga de que veas el porque? Total, que si eres Padi logicamente tu profundidad es de 18m.. a partir de allí haz lo que quieras.

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Re: Profundidad permitida con OW

#8 Mensaje por ats divemaster »

Mercuxio, no le des vueltas a los metros, planifica por de bajo de 18m, haz muchas inmersiones adquiere experiencia y a por el Avanzado de Padi o el dos estrellas de Fedas, contra menos experiencia menos profudidad esta ecuación da de resultado mas seguridad y mas diversión, cuando vayas a un centro a bucear informa al Divemaster o al guia de tu experiencia, nivel etc. y el te aconsejará, no por bajar tres metros más vas a conseguir una inmerión mucho mejor.

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mercuxio
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Re: Profundidad permitida con OW

#9 Mensaje por mercuxio »

Mi interés no es por bajar mas o no bajar mas, que muchos os creeis que mi intención es querer bajar mas profundo sin experiencia. Con lo poco que se, ya se que no es necesario bajar mucho para disfrutar. ¡¡ pesaos !! Lo que quería es saber si realmente hay alguien que me diga a cuanto puedo bajar. Y resulta que Padi dice una cosa, un instructor independiente dice otra, y otro centro de buceo dice otro, con lo cual me doy cuenta de que no hay respuesta a mi consulta por que cada maestrillo tiene su librillo. La conclusión es que bajare a la profundidad que me deje cada uno en función de la inmersión.

(cuando digo pesaos, lo digo en confianza, que nadie se moleste)

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PEP FILLAT
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Re: Profundidad permitida con OW

#10 Mensaje por PEP FILLAT »

mercuxio escribió: La conclusión es que bajare a la profundidad que me deje cada uno en función de la inmersión.
Mala elección !! Trasladas las responsabilidad a un tercero... :mrgreen: :mrgreen:

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mercuxio
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Re: Profundidad permitida con OW

#11 Mensaje por mercuxio »

tampoco es eso Pep. No bajare mas alla de 25m por que nadie me dejara bajar mas alla. A lo que me refiero es que rondare entre 18 - 25 segun la salida que organice el centro. No creo que se pueda considerar 25 m profundo. De echo la ultima inmersion que hice en el curso llegamos a 22 m. Y ceder la responsabilidad a un tercero si se trata de un instructor, pues tampoco es tan malo, siempre que yo me encuentre en condiciones de seguirle, digo yo.

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hevia
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Re: Profundidad permitida con OW

#12 Mensaje por hevia »

mackoi escribió:En ACUC con el OWD se puede hasta 25m ya que se incluye formación de paradas deco.
El ACUC Open Water Diver (Buceador de Mar Abierto) es el primer nivel obligatorio en la escalera de
formación de ACUC.
Las características principales de este curso son que los estudiantes que completen satisfactoriamente el curso, estarán debidamente entrenados y podrán bucear, sin supervisión, acompañados por buceadores de cualquier nivel, a la máxima profundidad permitida en el Buceo Recreativo, que es 40 metros.

Por eso me saqué este cuando empecé a bucear. A -18 m no llegaba al veril... :D

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SaintSimon
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Re: Profundidad permitida con OW

#13 Mensaje por SaintSimon »

hevia escribió:
mackoi escribió:En ACUC con el OWD se puede hasta 25m ya que se incluye formación de paradas deco.
El ACUC Open Water Diver (Buceador de Mar Abierto) es el primer nivel obligatorio en la escalera de
formación de ACUC.
Las características principales de este curso son que los estudiantes que completen satisfactoriamente el curso, estarán debidamente entrenados y podrán bucear, sin supervisión, acompañados por buceadores de cualquier nivel, a la máxima profundidad permitida en el Buceo Recreativo, que es 40 metros.

Por eso me saqué este cuando empecé a bucear. A -18 m no llegaba al veril... :D
Sí, y SSI a 30. Al final, esto de la profundidad es más "personal", creo que lo suyo es bucear a la profundidad a la que te sientas preparado. Desde mi punto de vista son dos las cosas a tener en cuenta para ir más profundo: El control del consumo y el de la flotabilidad. Con esas habilidades previenes las sorpresas.
Es mentira que no valga para nada, al menos sirvo de mal ejemplo.

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mackoi
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Re: Profundidad permitida con OW

#14 Mensaje por mackoi »

hevia escribió:
mackoi escribió:En ACUC con el OWD se puede hasta 25m ya que se incluye formación de paradas deco.
El ACUC Open Water Diver (Buceador de Mar Abierto) es el primer nivel obligatorio en la escalera de
formación de ACUC.
Las características principales de este curso son que los estudiantes que completen satisfactoriamente el curso, estarán debidamente entrenados y podrán bucear, sin supervisión, acompañados por buceadores de cualquier nivel, a la máxima profundidad permitida en el Buceo Recreativo, que es 40 metros.

Por eso me saqué este cuando empecé a bucear. A -18 m no llegaba al veril... :D
Si, estrictamente es cierto, pero que yo recuerde del libro de OWD de ACUC se recomendaba máximo 25 para un OWD, máximo 40 para AOWD en inmersión profunda (que es lo que hicimos en el curso de AOWD).

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elfrid
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Re: Profundidad permitida con OW

#15 Mensaje por elfrid »

[quote="PEP FILLAT"] si eres 1 estrella a 20, pero como le digo a mis alumnos aunque puedas bajar a 20 en la "Tabla sale 21 " por lo qual .. tu profundidad de referencia son 18m.
^[quote]
Hola Pep.
Creo que te equivocas, una cosa es que para hacer los cálculos de la inmersión tengan que tabular en la entrada de 21 m. y otra diferente es que la profundidad máxima( o de referencia, como tú la llamas) del B1 sean 18. La profundidad máxima son 20 m y se tabula en 21, que es diferente a lo que tu propones, aparte de que esa profundidas cambia cuando tienen 25 inmerciones en el logbook,no como en el owd que son 18 m. siempre, independientemente de las inmersiones que tengan. :D :ch)
Un saludo
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Re: Profundidad permitida con OW

#16 Mensaje por Ramon Roqueta »

elfrid escribió:no como en el owd que son 18 m. siempre, independientemente de las inmersiones que tengan. :D :ch)
Un saludo
Miguel
Eso de "siempre, independientemente de las inmersiones que tengan" te lo acabas de inventar, que conste, eh?. :)

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Re: Profundidad permitida con OW

#17 Mensaje por PEP FILLAT »

elfrid escribió:
PEP FILLAT escribió: si eres 1 estrella a 20, pero como le digo a mis alumnos aunque puedas bajar a 20 en la "Tabla sale 21 " por lo qual .. tu profundidad de referencia son 18m.
^
Hola Pep.
Creo que te equivocas, una cosa es que para hacer los cálculos de la inmersión tengan que tabular en la entrada de 21 m. y otra diferente es que la profundidad máxima( o de referencia, como tú la llamas) del B1 sean 18. La profundidad máxima son 20 m y se tabula en 21, que es diferente a lo que tu propones, aparte de que esa profundidas cambia cuando tienen 25 inmerciones en el logbook,no como en el owd que son 18 m. siempre, independientemente de las inmersiones que tengan. :D :ch)
Un saludo
Miguel
Elfrid, si tabulas una immersion a 21 metros y tu nivel solo te deja a 20.. no se esta haciendo lo correcto !! tu la calculas a 21...no??

Pero de todas maneras para no entrar en embrollos de calculos exactos.. si te fijaste en mi mensaje, hablo de alumnos y por lo qual mi intencion siempre es el extremar el apartado seguridad, asi que nos quedamos a 18m y la mar de tranquilos y relajados.. y no entramos si un metro mas o menos..
Total, quien de aqui calcula los 18 metros exactos, porque si hay una llanura de arena 18.2.. se jodio el invento y hay que tabular a 20 o 21.. no ???

Asi que no me meto en gilipocelleces absurdas de metro arriba o abajo.. si no que a la seguridad me refiero!

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Re: Profundidad permitida con OW

#18 Mensaje por Ramon Roqueta »

PEP FILLAT escribió:
elfrid escribió:
PEP FILLAT escribió: si eres 1 estrella a 20, pero como le digo a mis alumnos aunque puedas bajar a 20 en la "Tabla sale 21 " por lo qual .. tu profundidad de referencia son 18m.
^
Hola Pep.
Creo que te equivocas, una cosa es que para hacer los cálculos de la inmersión tengan que tabular en la entrada de 21 m. y otra diferente es que la profundidad máxima( o de referencia, como tú la llamas) del B1 sean 18. La profundidad máxima son 20 m y se tabula en 21, que es diferente a lo que tu propones, aparte de que esa profundidas cambia cuando tienen 25 inmerciones en el logbook,no como en el owd que son 18 m. siempre, independientemente de las inmersiones que tengan. :D :ch)
Un saludo
Miguel
Elfrid, si tabulas una immersion a 21 metros y tu nivel solo te deja a 20.. no se esta haciendo lo correcto !! tu la calculas a 21...no??

Pero de todas maneras para no entrar en embrollos de calculos exactos.. si te fijaste en mi mensaje, hablo de alumnos y por lo qual mi intencion siempre es el extremar el apartado seguridad, asi que nos quedamos a 18m y la mar de tranquilos y relajados.. y no entramos si un metro mas o menos..
Total, quien de aqui calcula los 18 metros exactos, porque si hay una llanura de arena 18.2.. se jodio el invento y hay que tabular a 20 o 21.. no ???

Asi que no me meto en gilipocelleces absurdas de metro arriba o abajo.. si no que a la seguridad me refiero!
No sé que discutís. Los estándares PADI del OWD en Catalunya obligan -teóricamente- a enseñar cálculos de consumo y capacitar al alumno para inmersiones hasta -25 metros. Ya se ha hablado del tema en el foro. Y bastante. Hace ya seis años que a los instructores PADI catalanes nos llegó esa circular.

Dejáos de profundidades máximas, que no vamos a llegar a ningún lado. :roll:

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elfrid
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Re: Profundidad permitida con OW

#19 Mensaje por elfrid »

Ramon Roqueta escribió:
elfrid escribió:no como en el owd que son 18 m. siempre, independientemente de las inmersiones que tengan. :D :ch)
Un saludo
Miguel
Eso de "siempre, independientemente de las inmersiones que tengan" te lo acabas de inventar, que conste, eh?. :)
Hola Ramón.
¿Un owd con 100 inmersiones (por ejemplo), según estándares PADI, puede bajar de los -18? si es así, admito que estoy equivocado. Agradecería que me lo explicases :ch)
Por otro lado, los instructores PADI teneis estándares diferentes a los instructores murcianos??? Acabo de preguntar a dos instructores que ejercen en Murcia y me han corroborado lo de los 18 m.
Un saludo
Miguel
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Re: Profundidad permitida con OW

#20 Mensaje por hevia »

SaintSimon escribió:
hevia escribió:
mackoi escribió:En ACUC con el OWD se puede hasta 25m ya que se incluye formación de paradas deco.
El ACUC Open Water Diver (Buceador de Mar Abierto) es el primer nivel obligatorio en la escalera de
formación de ACUC.
Las características principales de este curso son que los estudiantes que completen satisfactoriamente el curso, estarán debidamente entrenados y podrán bucear, sin supervisión, acompañados por buceadores de cualquier nivel, a la máxima profundidad permitida en el Buceo Recreativo, que es 40 metros.

Por eso me saqué este cuando empecé a bucear. A -18 m no llegaba al veril... :D
...lo suyo es bucear a la profundidad a la que te sientas preparado. Desde mi punto de vista son dos las cosas a tener en cuenta para ir más profundo: El control del consumo y el de la flotabilidad. Con esas habilidades previenes las sorpresas.
Hola SaintSimon,

Mas que que te "sientas preparado" creo que deberíamos sustituirlo por "estar" preparado.

Respecto para ir más profundo, además de los dos factores que comentas añadiría sin duda alguna el "control mental" o "tranquilidad" para bucear profundo.

Puedes tener un consumo excepcional y una flotabilidad extraordinaria, además del mejor equipo del mercado. Pero si te falla la mente vas listo.

La mente no tiene en cuenta que hayas buceado mucho, si un día dice que no apetece bucear profundo, mejor cambiar de planes antes de bajar por seguir al grupo. Siempre se entiende (por lo menos entre nosotros) y nunca hay problemas en hacer algo distinto a lo planificado si alguien o yo mismo no nos sentimos a gusto ese día.

Saludos.

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Re: Profundidad permitida con OW

#21 Mensaje por Ramon Roqueta »

elfrid escribió:
Ramon Roqueta escribió:
elfrid escribió:no como en el owd que son 18 m. siempre, independientemente de las inmersiones que tengan. :D :ch)
Un saludo
Miguel
Eso de "siempre, independientemente de las inmersiones que tengan" te lo acabas de inventar, que conste, eh?. :)
Hola Ramón.
¿Un owd con 100 inmersiones (por ejemplo), según estándares PADI, puede bajar de los -18? si es así, admito que estoy equivocado. Agradecería que me lo explicases :ch)
Por otro lado, los instructores PADI teneis estándares diferentes a los instructores murcianos??? Acabo de preguntar a dos instructores que ejercen en Murcia y me han corroborado lo de los 18 m.
Un saludo
Miguel
Un OWD, un B1E, etc, con las inmersiones que sean, DESPUES del curso puede bajar a la profundidad que crea adecuada según su entrenamiento y experiencia. Los estándares se refieren siempre a la formación. En PADI, en FEDAS y en todas. Una vez finalizada la formación se puede recomendar lo que se quiera, pero el único límite real es el que marca la normativa de seguridad. Otra cosa es lo que te dejen hacer o no cuando vas a a un centro, donde pagas por unos servicios y hay responsabilidades adquiridas. No es lo mismo que ir con el colega. Y un B1E si bucea en un entorno de club probablemente seguirá a pies juntillas lo que diga FEDAS, pero no es obligatorio ni mucho menos.

Por otro lado, PADI adecua sus estándares a las normativas legales, por lo que, ya digo que teóricamente, aquí en Catalunya los estándares del OWD PADI contemplan capacitarlo hasta los -25m. Si no han cambiado las equivalencias, que no creo, en Murcia un B1E y un OWD PADI no tienen equiparación a buceador de 2º, en cambio en Catalunya sí la tienen.Hace tiempo colgué en el foro la circular que mandó PADI. No recuerdo el hilo en el que estaba, sino la vuelvo a colgar...

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Kepasub
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Re: Profundidad permitida con OW

#22 Mensaje por Kepasub »

Ya se ha comentado en infinidad de ocasiones en este y otros foros, que las organizaciones de buceo no tienen potestad para establecer leyes y lo que normalizan no son sino valores aconsejados según su mejor criterio.
De todos modos, que yo sepa, la ley en españa establece la curiosa normativa que en muchas ocasiones hemos criticado.(Extracto a continuación el motivo de la crítica).

ORDEN de 14 de Octubre de 1997, por la que se aprueba las Normas de Seguridad para el Ejercicio de Actividades Subacuaticas

Los límites de profundidad para operaciones de buceo con aire quedan determinados por las siguientes cotas a nivel del mar:

40 metros: Inmersiones con equipo autónomo de aire.

55 metros: Inmersiones excepcionales con aire o nitrox (aire enriquecido).

Yo como buceo con nitrox 21, cuando hay algo muy interesante que ver, me permito excepcionalmente picar a 55 metros.
Saludos: Kepa

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Re: Profundidad permitida con OW

#23 Mensaje por hevia »

Kepasub escribió: Yo como buceo con nitrox 21, cuando hay algo muy interesante que ver, me permito excepcionalmente picar a 55 metros.
Muy buena esta... :D :D

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Re: Profundidad permitida con OW

#24 Mensaje por Guillermo A. »

hevia escribió:
Kepasub escribió: Yo como buceo con nitrox 21, cuando hay algo muy interesante que ver, me permito excepcionalmente picar a 55 metros.
Muy buena esta... :D :D
Y tiene mas razón que un Santo.
Las personas fueron creadas para ser amadas.
Las cosas fueron creadas para ser usadas.
La razón por la que el mundo está en caos,
... es porque las cosas están siendo amadas
y las personas están siendo usadas

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Re: Profundidad permitida con OW

#25 Mensaje por Ramon Roqueta »

Kepasub escribió:Ya se ha comentado en infinidad de ocasiones en este y otros foros, que las organizaciones de buceo no tienen potestad para establecer leyes y lo que normalizan no son sino valores aconsejados según su mejor criterio.
De todos modos, que yo sepa, la ley en españa establece la curiosa normativa que en muchas ocasiones hemos criticado.(Extracto a continuación el motivo de la crítica).

ORDEN de 14 de Octubre de 1997, por la que se aprueba las Normas de Seguridad para el Ejercicio de Actividades Subacuaticas

Los límites de profundidad para operaciones de buceo con aire quedan determinados por las siguientes cotas a nivel del mar:

40 metros: Inmersiones con equipo autónomo de aire.

55 metros: Inmersiones excepcionales con aire o nitrox (aire enriquecido).

Yo como buceo con nitrox 21, cuando hay algo muy interesante que ver, me permito excepcionalmente picar a 55 metros.
Y desde luego la normativa de seguridad del 97 no dice nada de profundidades versus titulaciones. Solo dice que los centros de buceo, clubes y escuelas deben: "Comprobar que los buceadores tienen la titulación y capacitación adecuadas y necesarias de acuerdo con la exposición hiperbárica a la que se van a someter. "

Nada más.

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Re: Profundidad permitida con OW

#26 Mensaje por SaintSimon »

Ramon Roqueta escribió:
Kepasub escribió:Ya se ha comentado en infinidad de ocasiones en este y otros foros, que las organizaciones de buceo no tienen potestad para establecer leyes y lo que normalizan no son sino valores aconsejados según su mejor criterio.
De todos modos, que yo sepa, la ley en españa establece la curiosa normativa que en muchas ocasiones hemos criticado.(Extracto a continuación el motivo de la crítica).

ORDEN de 14 de Octubre de 1997, por la que se aprueba las Normas de Seguridad para el Ejercicio de Actividades Subacuaticas

Los límites de profundidad para operaciones de buceo con aire quedan determinados por las siguientes cotas a nivel del mar:

40 metros: Inmersiones con equipo autónomo de aire.

55 metros: Inmersiones excepcionales con aire o nitrox (aire enriquecido).

Yo como buceo con nitrox 21, cuando hay algo muy interesante que ver, me permito excepcionalmente picar a 55 metros.
Y desde luego la normativa de seguridad del 97 no dice nada de profundidades versus titulaciones. Solo dice que los centros de buceo, clubes y escuelas deben: "Comprobar que los buceadores tienen la titulación y capacitación adecuadas y necesarias de acuerdo con la exposición hiperbárica a la que se van a someter. "

Nada más.

Pues ya es,ya.
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Re: Profundidad permitida con OW

#27 Mensaje por SaintSimon »

hevia escribió: Hola SaintSimon,

Mas que que te "sientas preparado" creo que deberíamos sustituirlo por "estar" preparado.

Respecto para ir más profundo, además de los dos factores que comentas añadiría sin duda alguna el "control mental" o "tranquilidad" para bucear profundo.

Puedes tener un consumo excepcional y una flotabilidad extraordinaria, además del mejor equipo del mercado. Pero si te falla la mente vas listo.

La mente no tiene en cuenta que hayas buceado mucho, si un día dice que no apetece bucear profundo, mejor cambiar de planes antes de bajar por seguir al grupo. Siempre se entiende (por lo menos entre nosotros) y nunca hay problemas en hacer algo distinto a lo planificado si alguien o yo mismo no nos sentimos a gusto ese día.

Saludos.
Hola hevia, totalmente de acuerdo en lo del control mental. Por eso decía lo de "sentirse preparado", porque al final es todo tan subjetivo...

Saludos.
Es mentira que no valga para nada, al menos sirvo de mal ejemplo.

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Re: Profundidad permitida con OW

#28 Mensaje por meigo »

Tengo una duda mi titulación es de B1E con unas 70 inmersiones cual seria la profundidad al que puedo bajar,
ya que si saco un seguro me pone hasta 40m, solo llegue a esa profundidad una vez para empezar a subir ya que era la forma de la inmersión, tiempo a esa profundidad casi nada, esta duda la tengo ya que como no buceo muy de continuo no se si tengo que gastar dinero en títulos, conozco gente con varios y sin inmersiones o es que es cosa de ir pagando.

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Re: Profundidad permitida con OW

#29 Mensaje por MrGreen »

mackoi escribió:En ACUC con el OWD se puede hasta 25m ya que se incluye formación de paradas deco.
¿Os enseñan a ir con bibotella o calcular rock bottom? Es para saber si en ACUC hacen o no el loco ^^

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Re: Profundidad permitida con OW

#30 Mensaje por hevia »

ACUC tiene el límite en los -40 m. que permite la legislación sobre buceo recreativo. Eso sí, da recomendaciones sobre profundidad a la que bajar como son esos -25 m.

Otra cosa es estar capacitado para bajar a esas profundidades con el curso recien sacado.

Me parece personalmente más correcto que andarse con titulaciones continuas para ir cogiendo más profundidad, que al final se pagan y no dan la capacidad para bajar más que por el propio carnet. :pv(

Lo que da la capacidad es bucear y coger experiencia. De legislación e interpretación se habla bien arriba en el hilo.

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JuanGi
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Re: Profundidad permitida con OW

#31 Mensaje por JuanGi »

No es sólo coger la experiencia, también hay que adquirir conocimientos.

Si lo dejas a la buena de dios te puedes encontrar a gente con experiencia pero a -40m con botellas de 12l y pensando que la reserva son 50bar.

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Gualdrapa
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Re: Profundidad permitida con OW

#32 Mensaje por Gualdrapa »

hevia escribió:ACUC tiene el límite en los -40 m. que permite la legislación sobre buceo recreativo. Eso sí, da recomendaciones sobre profundidad a la que bajar como son esos -25 m.

Otra cosa es estar capacitado para bajar a esas profundidades con el curso recien sacado.

Me parece personalmente más correcto que andarse con titulaciones continuas para ir cogiendo más profundidad, que al final se pagan y no dan la capacidad para bajar más que por el propio carnet. :pv(

Lo que da la capacidad es bucear y coger experiencia. De legislación e interpretación se habla bien arriba en el hilo.
Se ha reiterado por activa y por pasiva en este foro que en España el límite es de 25 m según la Ley del 93 que establece dicha limitación de profundidad para títulos deportivos de 2ª clase.

  • I. B. TÍTULOS DEPORTIVOS
    1. Buceador de segunda clase.
    A) Atribuciones:
    a) Utilización de equipos de aire de buceo autónomo o semiautónomo.
    b) Efectuar inmersiones hasta una profundidad máxima de 25 metros.


Así que, no sólo no es que no sea aconsejable o que sea un DISPARATE -que lo es-, sino que legalmente en España no se puede bajar a 40 m "recién sacado el título". Por mucho que digan lo contrario el seguro, ACUC, PADI o Neptuno.
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Re: Profundidad permitida con OW

#33 Mensaje por k l i k »

Gualdrapa escribió: Se ha reiterado por activa y por pasiva en este foro que en España el límite es de 25 m según la Ley del 93 que establece dicha limitación de profundidad para títulos deportivos de 2ª clase.
93 ó 73?

¿La que está en vigor no es la del 97? https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1997-24978

Artículo 24, 8a- Límite de 40 metros.
.
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Re: Profundidad permitida con OW

#34 Mensaje por buzo-cascarrabias »

8. Los límites de profundidad para operaciones de buceo con aire quedan determinados por las siguientes cotas a nivel del mar:

a) 40 metros: Inmersiones con equipo autónomo de aire.

b) 55 metros: Inmersiones excepcionales con aire o nitrox (aire enriquecido).
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Re: Profundidad permitida con OW

#35 Mensaje por Gualdrapa »

Que yo sepa, el límite de los 25 m para buceadores recreativos de segunda categoría viene del 73 y no está derogada.

Independientemente de esto, me sigue pareciendo un disparate ver un OWD -y a casi cualquiera- a 40 m con monobotella por mucho que le cubra su seguro.
Pero, oye, el darwinismo es consustancial con la naturaleza.
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Re: Profundidad permitida con OW

#36 Mensaje por briefer »

Gualdrapa escribió: Pero, oye, el darwinismo es consustancial con la naturaleza.
sí, pero luego nos suben el seguro a todos

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Re: Profundidad permitida con OW

#37 Mensaje por k l i k »

Gualdrapa escribió:Que yo sepa, el límite de los 25 m para buceadores recreativos de segunda categoría viene del 73 y no está derogada.
"La derogación de las leyes podrá ser expresa o tácita. Es expresa, cuando la nueva ley dice expresamente que deroga la antigua. Es tácita, cuando la nueva ley contiene disposiciones que no pueden conciliarse con las de la ley anterior. La derogación de una ley puede ser total o parcial."

Yo creo que es lógico....

Si la anterior dice 25 y la posterior dice 40.......... yo no veo conciliación posible.
.
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Re: Profundidad permitida con OW

#38 Mensaje por Tortuguita1 »

k l i k escribió:
Gualdrapa escribió:Que yo sepa, el límite de los 25 m para buceadores recreativos de segunda categoría viene del 73 y no está derogada.
"La derogación de las leyes podrá ser expresa o tácita. Es expresa, cuando la nueva ley dice expresamente que deroga la antigua. Es tácita, cuando la nueva ley contiene disposiciones que no pueden conciliarse con las de la ley anterior. La derogación de una ley puede ser total o parcial."

Yo creo que es lógico....

Si la anterior dice 25 y la posterior dice 40.......... yo no veo conciliación posible.
Al final de la ley de 1977

SE DEROGA el art. 2.I), Puntos 4, 5 y 6, por Orden de 18 de diciembre de 1992 (Ref. BOE-A-1993-491).
SE MODIFICA el art. 2, apartado 4, A), B), por Orden de 14 de octubre de 1977 (Ref. BOE-A-1977-27507).

Que son los artículos donde mencionan la profundidad y otras cosas......

luego en la de 1992

SE DEROGA por Orden de 22 de diciembre de 1995 (Ref. BOE-A-1996-856).
SE DICTA DE CONFORMIDAD, regulando los Documentos Complementarios para la Obtención de las Tarjetas de Identidad: Resolución de 6 de septiembre de 1993 (Ref. BOE-A-1993-23545).
CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 89, de 14 de abril de 1993 (Ref. BOE-A-1993-9739).

Luego en la 1997

SE MODIFICA los arts. 18.1, 24.3 y SUPRIME los apartados 5, 6, 8, 9 del art. 18 y el anexo III, por Resolución de 2 de febrero de 2017 (Ref. BOE-A-2017-2175).
SE DICTA DE CONFORMIDAD con la disposición final 1, y renueva las normas de seguridad del buceo deportivo-recreativo al suministro de superficie: Resolución de 28 de julio de 2015 (Ref. BOE-A-2015-9123).
SE MODIFICA el art. 24 y el anexo I y se añade el capíitulo V, por Orden de 20 de julio de 2000 (Ref. BOE-A-2000-15051).
SE ACTUALIZA las tablas II a XI, por Resolución de 20 de enero de 1999 (Ref. BOE-A-1999-4137).

Editado: para evitar causar confusión estas son las leyes y cada quien que saque sus propias conclusiones.
Última edición por Tortuguita1 el 17/Oct/2018, 22:05, editado 1 vez en total.
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Re: Profundidad permitida con OW

#39 Mensaje por JuanGi »

Pero quién? Quien tiene razón? Cuantos metros?

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Re: Profundidad permitida con OW

#40 Mensaje por Tortuguita1 »

JuanGi escribió:Pero quién? Quien tiene razón? Cuantos metros?
No se quien tiene razón ni se cuantos metros puedes bajar , solo se que no se nada de leyes...lo siento.


Editado: para evitar confusión además me autobaneo del foro por una semana por confundir y creer entender las leyes de España sin ser abogado.....bye :ltg: :ltg:
Última edición por Tortuguita1 el 18/Oct/2018, 12:21, editado 2 veces en total.
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