Hola a todos!
Seguro que ya está contemplado en otros mensajes, pero no termino de aclararme.
Acabo de sacarme el OWD, y con toda la emoción del momento, me dispongo a hacer mis primeras inmersiones.
Al contactar con el centro de buceo donde voy, me dicen que no hay ordenadores de buceo para alquilar. Del curso, recuerdo que era obligatorio llevarlo.
He ido a la normativa... y sigo sin aclararme.
Ante esto, os pregunto a los más expertos: ¿ qué es obligatorio al hacer mis inmersiones?boya?ordenador?cuchillo???
Gracias de antemano!!!
Legislación. Dudas varias!
- El_Robauntos
- Open Weber Diver 1*
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- Registrado: 04/Sep/2014, 17:26
Re: Legislación. Dudas varias!
http://www.forobuceo.com/phpBB3/viewtop ... 6&t=138873
Esa misma pregunta la hice yo no hace mucho. A lo mejor te sirven las respuestas...
Esa misma pregunta la hice yo no hace mucho. A lo mejor te sirven las respuestas...
- pira
- Dive Monster Weber
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- Ubicación: costa dorada
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Re: Legislación. Dudas varias!
pues eso, tablas, reloj y profundimetro o ordenador, cuchillo, dos reguladores y todo lo demas que necesitas
Simplemente buceador
Re: Legislación. Dudas varias!
Gracias a todos¡¡¡mucho más claro¡
Re: Legislación. Dudas varias!
Hola SaraGQ,
Te paso enlace de una entra del blog del Club Buceando en el Destino (club de buceo de Zaragoza), en el que explicamos, de manera amena la legislación actual sobre buceo.
https://buceandoeneldestino.com/2016/04 ... ecreativo/
Pero respondiendo a tu cuestión, aquí va el listado legal para que no te dejes nada en tu próxima inmersión:
*Chaleco de compensación de flotabilidad (con hinchador oral e hinchador desde la botella) Aplicando la analogía entendemos que se admiten, también legalmente, alas y vejigas de sidemount como dispositivo de control de flotabilidad.
*Una botella con mecanismo de reserva o con manómetro.
*Reloj y profundímetro o descompresímetro digital (en cristiano…el ordenador).
Cuchillo.
*Dos segundas etapas, aunque se recomienda llevar dos reguladores independientes.
(Según Orden de 14 de octubre de 1997 del Minist. de Fomento, art. 24.17)
Reseñar que la legislación vigente nada dice respecto a la boya.
Espero que te sirva de ayuda.
Un saludo a todos!
Te paso enlace de una entra del blog del Club Buceando en el Destino (club de buceo de Zaragoza), en el que explicamos, de manera amena la legislación actual sobre buceo.
https://buceandoeneldestino.com/2016/04 ... ecreativo/
Pero respondiendo a tu cuestión, aquí va el listado legal para que no te dejes nada en tu próxima inmersión:
*Chaleco de compensación de flotabilidad (con hinchador oral e hinchador desde la botella) Aplicando la analogía entendemos que se admiten, también legalmente, alas y vejigas de sidemount como dispositivo de control de flotabilidad.
*Una botella con mecanismo de reserva o con manómetro.
*Reloj y profundímetro o descompresímetro digital (en cristiano…el ordenador).
Cuchillo.
*Dos segundas etapas, aunque se recomienda llevar dos reguladores independientes.
(Según Orden de 14 de octubre de 1997 del Minist. de Fomento, art. 24.17)
Reseñar que la legislación vigente nada dice respecto a la boya.
Espero que te sirva de ayuda.
Un saludo a todos!